viernes. 29.03.2024

Ponferrada a 27 de noviembre de 2014

Los abogados Sergio Ruano Alonso y Arturo Suárez-Bárcena Bombín, del Despacho Ruano&Suárez-Bárcena Abogados, ubicado en Ponferrada, ya han conseguido hasta la fecha las primeras siete sentencias estimatorias con condena en costas, de las siete primeras demandas que ya han sido resueltas contra las entidades financieras, por las que se anulan las denominadas cláusulas suelo de las hipotecas. Lo que supone un éxito total de las reclamaciones efectuadas y ya sentenciadas, que ha motivado que las entidades bancarias se hayan visto obligadas a cesar en el cobro excesivo de intereses a los clientes afectados, que además han obtenido la nulidad de la cláusula sin coste judicial alguno. La cláusula suelo, que ha pasado desapercibida para la gran mayoría de ciudadanos, es aquella por la cual las entidades financieras, independientemente de la evolución del Euribor, se asegura cobrar un porcentaje mínimo de intereses muy por encima en la actualidad de los que debieran pagar si no les hubiesen insertado la citada cláusula en las hipotecas.

Las sentencias son claras en sus términos y consideran que la entidad financiera, en definitiva y entre otras irregularidades, comercializó los préstamos hipotecarios sin la debida transparencia tal y como había dictaminado el Tribunal Supremo en supuestos análogos, en interpretación del artículo 4.2 de la Directiva Europea 93/13/CEE. Los letrados integrantes del despacho nos aclaran que esto supondrá para los afectados un ahorro importante en el pago de las cuotas hipotecarias, ya que en la actualidad y por aplicación de la cláusula suelo se les cobra entre tres y cinco veces más intereses de los que debieran pagar.

Del mismo modo, el despacho muestra su satisfacción por el resultado obtenido, indicándonos que en la actualidad tienen presentadas un buen número de demandas contra las entidades bancarias solicitando la nulidad de la cláusula suelo y esperan sentencias idénticas a las conseguidas, si bien nos matizan que estos casos es necesario adaptarlos al supuesto concreto de cada cliente ya que la normativa aplicable y los requisitos establecidos por los tribunales son diferentes en función de distintas variables, por lo que es muy importante saber qué supuestos son viables y cuáles no para evitar sorpresas desagradables en los tribunales, indicando que en estos momentos y a la luz de las resoluciones judiciales y de la experiencia adquirida en la práctica están en condiciones de emitir un juicio de la viabilidad de la reclamación. Lo que está suponiendo que los diferentes afectados de las localidades y provincias limítrofes estén consultando su supuesto particular mediante la remisión de su documentación a través de diferentes medios para obtener un pronóstico acerca las probabilidades de éxito de su reclamación.

También es relevante saber que desde fechas recientes los afectados podrán solicitar además la devolución de los intereses que hubiesen pagado por aplicación de la cláusula suelo desde la publicación de la Sentencia del Tribunal Supremo, y hasta que recaiga la sentencia judicial, lo que supone en los afectados que presenten sus demandas en estas fechas recuperar cantidades que pueden rondar e incluso superar los tres mil quinientos euros.

Por otra parte, también advertimos que distintas entidades tras las numerosas reclamaciones previas realizadas por parte de los clientes, en ocasiones están tratando de confundir a los afectados, ofreciéndoles distintos pactos sin la información necesaria y que en muchos casos puede suponer que resulte inviable la reclamación judicial al suponer una renuncia de Derechos.

Siete sentencias estimatorias con condena en costas, de las siete primeras demandas...