domingo. 05.05.2024

La Constitución, en el artículo 25.2, garantiza al recluso los mismos derechos fundamentales que al resto de la ciudadanía excepto aquellos “de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria”. Es decir, como recogen las excepciones, la persona que ingresa en prisión se ve inmediatamente sometida a una legislación distinta, la penitenciaria, que reconoce al interno una serie de derechos y deberes que vienen a sustituir los que tenía en libertad. Estos derechos deben ser objeto de idéntica protección.

Sin embargo, muchas veces el desconocimiento del recluso acerca de sus derechos y del modo de hacerlos efectivos le coloca en una situación de indefensión y desigualdad. Para evitar esto trabajan los miembros del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria (SOAJP) de León, que cada semana acuden al centro penitenciario de Villahierro (Mansilla de Las Mulas) para atender las consultas de los internos y asistirles en sus asuntos.

El decano del Colegio de la Abogacía de León, Fernando Rodríguez Santocildes, destaca la importancia de este servicio y pone en valor el compromiso de la abogacía con las personas privadas de libertad a quienes se garantiza el derecho de defensa durante la ejecución de la condena. Santocildes afirma que “el derecho de defensa no puede detenerse en la puerta de las prisiones”, sino que “hay que posibilitar a los internos, a través de este servicio, la información sobre sus derechos y deberes y sobre el modo de hacerlos valer mediante la formulación de peticiones, quejas o recursos, todo ello para contribuir a la finalidad de reinserción social que, por mandato constitucional, debe orientar las penas privativas de libertad”.

Un millar de asistencias al año

Este servicio, coordinado por María Luz del Carre, está integrado por ocho letrados del Colegio de la Abogacía de León que atienden una media de 20 internos cada viernes, día señalado para las visitas de los letrados, que asisten en turnos de dos. Esto supone alrededor de un millar al año. No obstante, el trabajo no acaba al salir de la prisión, hay que tramitar solicitudes, recurrir denegaciones, presentar escritos… “Es un servicio de mucha intensidad, hay que tener mucha vocación para prestarlo; hacen una labor buenísima y están muy preparados”, asegura Del Carre, que en unos días acudirá a las XXV Jornadas de los Servicios de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria que se celebran el 9 y 10 de noviembre en Ávila para analizar las últimas novedades sobre esta materia.

Se trata de un servicio gratuito para los internos y de muy baja recompensa económica para los profesionales que lo prestan, pues las retribuciones de la Administración son mínimas, reivindicación continua de la profesión idéntica a la que hace el Turno de Oficio.

En el centro penitenciario de León este servicio empezaba a prestarse en octubre de 2015 fruto del convenio firmado entre el Colegio de la Abogacía y el centro penitenciario como había hecho ya de forma pionera su homólogo de Bizkaia, que instauró este servicio en 1986.

Peticiones de asesoramiento y orientación sobre cómo ejercer su derecho a comunicarse con familiares, con su propio letrado, sobre el peculio o cómo recibir ropa y enseres del exterior, cómo actuar ante procedimientos sancionadores, sobre las normas que rigen el trabajo penitenciario, sobre cumplimientos de las penas, sobre reclamaciones administrativas, recursos contra denegaciones de permisos ordinarios de salida, expedientes penitenciarios sobre reducción de penas o sobre cualquier otra materia relativa a la legislación penitenciaria son las que reciben cada semana los miembros del SOAJP, un servicio que se presta a instancia de los internos, de sus familiares o de cualquier ONG.

Los servicios de asistencia jurídica penitenciaria de León atienden a una media de 20...