La Consejería de Industria, Comercio y Empleo de Castilla y León ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) la convocatoria de subvenciones 2025 destinadas a trabajadores afectados por ERTE y otras situaciones laborales similares en la Comunidad. Estas ayudas buscan compensar la pérdida de poder adquisitivo de quienes hayan sufrido suspensión de contrato o reducción de jornada, ofreciendo una cuantía de 10 euros por jornada completa, hasta un máximo de 300 jornadas subvencionables.
¿Quién puede beneficiarse?
Los destinatarios de estas ayudas laborales en Castilla y León son:
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Trabajadores afectados por Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE) que hayan implicado suspensión de contrato o reducción de jornada.
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Contratos indefinidos fijos discontinuos con interrupciones o finalizaciones anticipadas.
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Trabajadores en periodo de inactividad que hayan experimentado retrasos en el llamamiento.
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Empleados afectados por resoluciones judiciales en procedimientos concursales.
Además, se elimina el límite de tamaño de empresa, lo que permite que trabajadores de grandes compañías también puedan solicitar la subvención, ampliando así el alcance de estas ayudas económicas.
Condiciones económicas y compatibilidades
La cuantía de la subvención se establece en 10 euros por jornada completa de suspensión (hasta un tope de 300 jornadas). Para casos de reducción de jornada, se aplicará una conversión proporcional a jornada completa. La ayuda será compatible con otras subvenciones o prestaciones, siempre que la suma total no supere el 100 % de la retribución bruta mensual habitual del trabajador.
Los solicitantes deberán haber estado afectados al menos 10 días entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de abril de 2025 y no superar una base de cotización de 4.000 euros mensuales (o el equivalente proporcional en caso de contratos a tiempo parcial).
Principales novedades de la convocatoria 2025
La presente convocatoria introduce mejoras para ampliar el número de beneficiarios y agilizar el acceso a las ayudas, entre las que destacan:
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Inclusión de trabajadores en procedimientos concursales.
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Supresión del requisito de plantilla máxima en las empresas.
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Cuantía fija por jornada suspendida para un reparto más justo y equitativo.
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Simplificación de trámites: no será necesario presentar certificado de empresa ni las últimas nóminas si se está recibiendo prestación por desempleo.
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Concesión en régimen directo y por orden de solicitud, con un presupuesto inicial de 850.000 euros ampliable hasta 1,7 millones si la demanda lo requiere.
Cómo y cuándo presentar la solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días, desde las 09:00 h del 6 de mayo hasta las 14:00 h del 26 de mayo de 2025.
Las solicitudes pueden presentarse:
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Telemáticamente a través de la sede electrónica de la Junta: tramitacastillayleon.jcyl.es
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Presencialmente en los lugares habilitados según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, utilizando el modelo normalizado que también debe rellenarse en formato digital.
Más información disponible en el Portal de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: trabajoyprevencion.jcyl.es
